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Comunicado ANCO 12-11-2023: ANCO ante la convocatoria de un referendo consultivo para conocer la opinión del pueblo en la etapa actual del diferendo con Guyana

ANCO ante la convocatoria de un referendo consultivo para conocer la opinión del pueblo en la etapa actual del diferendo con Guyana

La Directiva Nacional y Directivas Regionales de la Alianza Nacional Constituyente Originaria, ANCO, como expresión de la sociedad civil organizada reconocida en Venezuela en el artículo 326 constitucional, asumiendo nuestra corresponsabilidad en la seguridad y defensa de la nación; vistos los avances de la Corte Internacional de Justicia en el proceso incoado por Guyana contra Venezuela para la demarcación del territorio Esequibo; constatados los avances inconsultos, desautorizados e inamistosos de Guyana en la disposición de los recursos existentes en el territorio en disputa; y, ante la convocatoria de un referendo consultivo para conocer la opinión soberana de la ciudadanía sobre esta materia; queremos puntualizar a la opinión pública nacional e internacional, lo siguiente:

1.- La Asamblea Nacional electa en diciembre de 2020, como respuesta a los últimos eventos en el territorio bajo disputa con Guyana y la judicialización internacional del asunto, convocó un referendo consultivo, según lo permite el artículo 71 constitucional.

Remitido al Consejo Nacional Electoral, se redactaron cinco (5) preguntas con las cuales se estima auscultar el parecer de la nación en tan delicada y técnica materia, fijándose el día 3 de diciembre del presente año para que se lleve a efecto la consulta refrendaría.

En virtud de los dos pasos anteriores, el Tribunal Supremo de Justicia, cúspide de la autoridad jurisdiccional en Venezuela ratificó, mediante sentencia, la constitucionalidad de la convocatoria y las preguntas. Actualmente, se desarrolla el cronograma del CNE para la realización del referendo de marras.

2.- Sobre un asunto de histórica y capital importancia para los intereses de nuestra nación, no puede opinarse desde el cálculo político, desde el resguardo personal, ni desde la retaliación. En consecuencia, ANCO considera relevante, en primer lugar, llamar la atención sobre la importancia o dimensión que adquiere lo coyuntural en la presente etapa (Proceso judicial por ante la Corte Internacional de Justicia) de nuestra histórica y fundamentada reclamación sobre el territorio Esequibo. En efecto, el contexto republicano de la Venezuela de hoy obliga a reconocer dificultades ajenas a la propia reclamación, producto de controversias internas e internacionales en las que el Estado Venezolano se ha visto involucrado -y afectado- en los últimos 10 años, y que han sido aprovechadas por Guyana para plantear su demanda judicial en un escenario más favorable para ella. Nos referimos en concreto: al no reconocimiento de otros gobiernos de la presidencia de Nicolás Maduro; a las denominadas sanciones ilegales y unilaterales de otros gobiernos, que nos impiden y limitan en nuestro accionar patrimonial, financiero y en la movilidad libre de las autoridades venezolanas en el mundo; a la persecución de la autoridad ejecutiva y el alto gobierno venezolano por parte de la justicia de EEUU; a las investigaciones de la Corte Penal Internacional por la comisión de crímenes de Lesa Humanidad y ausencia de correcta administración de justicia en Venezuela; al cumplimiento de los Acuerdos suscritos recientemente en Barbados -bajo la mediación de sectores de la comunidad internacional-, documentos que atan la relajación de las sanciones antes mencionadas al cumplimiento cabal de los mismos; y, todavía más importante, al fraccionamiento del cuerpo electoral como consecuencia de la diáspora, y las dificultades ocasionadas para la movilización interna por la problemática del combustible, servicios, y precariedad económica imperante en toda la geografía nacional.

3.- Descrito lo anterior, en segundo lugar, queremos hacer hincapié en la necesidad de que toda actividad nacional sobre el tema del esequibo debe estar enfocada en unificar la visión y la gestión de los venezolanos sobre el asunto. La complejidad jurídico-técnica, los abundantes datos y detalles históricos, aunados a las naturales diferencias de perspectivas acerca de cómo abordar el asunto en estos momentos, condicionan la opinión del ciudadano, quien requiere de información idónea y oportuna sobre la naturaleza de la controversia, para así acceder a los antecedentes mínimos que le permitan estar en nivel suficiente para emitir su opinión sobre tan histórico y delicado tema. Bajo la vigencia de una Constitución que propugna el ejercicio de la democracia participativa y protagónica, los ciudadanos no podemos concurrir a una consulta que no tenga eficacia real en el tema objeto de ésta, o que más bien genere confusión y/o contradicción en el enfoque de los venezolanos al respecto o, más terrible aún, que resulte perjudicial a los intereses de Venezuela. En este sentido, ayudaría el consenso argumental de nuestras principales figuras conocedoras del tema, la amplitud y visión integradora de las autoridades, y el mensaje común de todas las fuerzas vivas de la nación.

Como referimos antes, se avanza en el desarrollo del referendo, en medio del contexto relatado en el numeral 2 de este documento. Así las cosas, tal mecanismo consultivo puede configurar -finalmente-, tal como queremos alertar con el título del presente comunicado, un monumental contrasentido en la gestión de un asunto que trasciende la responsabilidad de esta generación de venezolanos, en tanto y en cuanto, nuestra reclamación ronda los 200 años de vigencia ininterrumpida y, con sus altos y bajos, todos los gobiernos republicanos se las han arreglado para mantener con fundado optimismo y sólida juridicidad nuestras legítimas demandas al respecto. EL REFERENDO JAMÁS EXCULPARÁ A NINGUNA AUTORIDAD ANTE LA HISTORIA, SI DE ÉL NACE UNA ACCIÓN DESACERTADA QUE NOS CONLLEVE A LA PÉRDIDA DE NUESTRO TERRITORIO.  EL REFERENDO NO PUEDE SER LA JUSTIFICACIÓN HISTÓRICA PARA ENTREGAR –NO COMPARECIENDO ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA- NUESTRO TERRITORIO ESEQUIBO.

4.- En tercer lugar, hay dos aspectos que deben ser revisados a la luz de lo que sucede con el Esequibo y el referendo que se convocó para que la ciudadanía “fije posición”, y que deben formar parte de un sano debate republicano a la vista de propios y extraños. Nos referimos a la necesaria revisión de los asuntos económicos y diplomáticos de la nación en los últimos años, y a la protección e integridad de la soberanía popular. 

Los negocios y el desempeño diplomático de la nación venezolana jamás perdieron el norte de sus intereses, especialmente, el de sus gestiones limítrofes. Hoy es innegable que los negocios y las alianzas de los últimos 25 años no han servido para blindar apoyos ni respeto hacia la reclamación venezolana. Esto es un hecho incontrastable. Ninguna autoridad puede sustraerse de las naturales y constructivas críticas en este sentido.

Por otro lado, debemos denunciar que el entramado político autodenominado “Socialismo del Siglo XXI”, que ejercen la autoridad en Venezuela, en ocasión de la convocatoria del proceso constituyente del año 2017, mediante sentencia No. 378, de fecha 31 de mayo de 2017, suprimió la realización, sin mayor fundamento que la opinión de la Sala Constitucional, del referendo consultivo previsto en el artículo 71 constitucional, para que el pueblo opinara soberanamente sobra tal materia de evidente trascendencia nacional.

Dicha sentencia, a la letra, dijo: “Ahora bien, ciertamente  el artículo 71 eiusdem contempla la posibilidad opcional o facultativa de convocar a referendo consultivo las “materias de especial trascendencia nacional”; sin embargo, existen circunstancias objetivas sobrevenidas que ambientan el proceso de instalación de la Asamblea Nacional Constituyente, como es la aguda situación de la crisis política actualmente enfrentada y que ha provocado el decreto de un estado de excepción no concluido aún, que ha motivado la toma de decisiones genéricas,  expeditas  y de profundidad constitucional, dentro de la cuales, por iniciativa del Presidente de la República se ha resuelto  iniciar la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, que pueda en condiciones pacíficas poner de acuerdo al país en un nuevo Contrato Social, sin hacer uso en esta oportunidad, por tales circunstancias, de lo previsto en el citado artículo 71.”

Como resulta evidente, como ciudadanos debemos denunciar en esta oportunidad la invocación a capricho de los convocantes del principio constitucional de que lasoberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos” (Artículo 5 constitucional).

Preguntamos a quienes ejercen la autoridad en Venezuela: ¿Van a seguir convocando a su conveniencia al titular de la soberanía? ¿No es acaso ilógico, -salvo engaño-, someter a consulta popular el deber irrenunciable del Estado de garantizar y proteger la soberanía nacional establecido en la Constitución? ¿Ha garantizado acaso el Estado, administrado por Nicolás Maduro Moros, la protección y defensa de la Soberanía Nacional en los estados tomados impunemente por intereses foráneos e irregulares terroristas y narcotraficantes?.

5.- Por los razonamientos que anteceden, todos expresados desde nuestra venezolanidad, en compresión de las diferencias ideológicas y políticas existentes en nuestra nación, pero con la firme e inquebrantable responsabilidad y vocación de entendimiento que debe animar a nuestra ciudadanía para responder a esta exigencia de nuestro tiempo histórico, ante lo avanzado de las determinaciones institucionales (Comunicados, sentencias, acuerdos, actuaciones y omisiones materiales, referendo consultivo y estrategia procesal ante la Corte Internacional de Justicia), ANCO RATIFICA no estar dispuestos a aceptar bajo ningúna razón o argumento que la resulta del referendo a celebrarse el próximo 3 de diciembre sea producto de una interpretación maniquea o interesada de la Constitución, ajena al interés nacional que pueden constituir una anticipada atenuación de la responsabilidad de la Nación, de sus autoridades, de sus dirigentes, de sus hombres y mujeres, en el supuesto negado  de que de esta consulta se desprendan lesiones definitivas a nuestro derecho y propiedad sobre el territorio Esequibo. Una vez más, atravesamos esos momentos donde la historia registra de qué están hechos los hijos e hijas de la patria. Dios nos haga actuar con el esclarecimiento y la unidad que la Venezuela que amamos espera de nosotros.

¡QUE EL PUEBLO DECIDA!

“En una palabra, mi querido general, yo no conozco más partido de salud, que el de devolver al pueblo su soberanía primitiva para que rehaga su pacto social. Vd. dirá que esto no es legítimo: y yo, a la verdad, no entiendo qué delito se comete en ocurrir a la fuente de las leyes para que remedie un mal que es del pueblo y que sólo el pueblo conoce. Digo francamente que si esto no es legítimo, será necesario a lo menos, y, por lo mismo, superior a toda ley: pero más que todo es eminentemente popular, y, por lo mismo, muy propio de una república eminentemente democrática.”

Simón Bolívar

Carta dirigida a Santander, octubre de 1826

Alianza Nacional Constituyente Originaria (ANCO)

Caracas, 12 de noviembre de 2023



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