VENEZUELA NECESITA UNA POTENTE Y ESCLARECIDA ORGANIZACIĆN CIUDADANA
La Alianza Nacional Constituyente Originaria (ANCO), juramentado el ComitĆ© Organizador para la Consulta Popular, instancia conformada por dignos representantes de la Sociedad Civil organizada en Venezuela, registra este evento como el inicio del definitivo relanzamiento de la lucha cĆvica y democrĆ”tica en nuestro paĆs.
El reconocimiento de la ciudadanĆa investida de autoridad, en este caso, la Asamblea Nacional, del necesario concurso y protagonismo de la ciudadanĆa no investida de autoridad como verdadero pueblo ejerciendo su soberanĆa, constituye y constituirĆ” un hito fundamental en la evoluciĆ³n republicana, democrĆ”tica y libertaria de nuestra historia reciente. Apelar a los preceptos contenidos en los artĆculos 5, 62 y 70 de nuestra vigente ConstituciĆ³n, asĆ como poner en marcha los mecanismos preconizados por dichas normas, abre compuertas a expresiones de lucha no suficientemente desentraƱadas ni exploradas en su naturaleza, fundamentaciĆ³n y alcance.
En virtud de lo anterior, constituida la instancia de la ciudadanĆa investida de autoridad para promover y apoyar la Consulta Popular propuesta por la Sociedad Civil, en el marco de la vigencia de los artĆculos 5, 62, 70, 333 y 350 de la ConstituciĆ³n, siendo la Consulta Popular un mecanismo de participaciĆ³n y protagonismo del pueblo, ANCO asume la tarea de coadyuvar en la organizaciĆ³n de la ciudadanĆa no investida de autoridad para acometer de manera sinĆ©rgica las tareas inherentes a la verificaciĆ³n exitosa de esta acciĆ³n ciudadana dentro y fuera del paĆs. Nuestra realidad requiere una potente y esclarecida organizaciĆ³n ciudadana para triunfar. A tales efectos, ANCO procurarĆ” ser factor de apoyo y coordinaciĆ³n de las actividades que adelante el ComitĆ© Organizador para la Consulta Popular, ente que acoge la presencia de dos de nuestros mĆ”s prominentes integrantes en el paĆs, la Dra. Blanca Rosa MĆ”rmol de LeĆ³n y el Ing. Enrique Colmenares Finol, este Ćŗltimo en carĆ”cter de Coordinador.
ANCO se ha permitido aportar a dicho ComitĆ©, con la urgencia del caso, la visiĆ³n que tenemos de cĆ³mo aprovechar este esfuerzo para alcanzar de manera cierta y tangible el tan necesitado y esquivo cambio que ha demandado y demanda el pueblo venezolano. Para ello, es de importancia primordial la escogencia de la temĆ”tica a ser consultada al soberano, y mĆ”s aĆŗn la redacciĆ³n de las preguntas que se concreten en dicho cuestionario. Coincidimos plenamente con el clamor general de que una nueva Consulta Popular tiene que constituirse, en la realidad histĆ³rica de nuestra naciĆ³n, en el evento soberano por antonomasia, al representar la expresiĆ³n inequĆvoca de la fuente primaria de la cual dimana el ejercicio del poder en un Estado democrĆ”tico.
En este sentido, ANCO dirigiĆ³ al ComitĆ© Organizador de la Consulta Popular designado por la Asamblea Nacional una comunicaciĆ³n formal a los fines de que sean reconsideradas las Preguntas que se establecieron en el Acuerdo aprobado por la Asamblea Nacional el 1ro. de Octubre de 2020 para que Ć©stas se formulen de manera coincidente con la situaciĆ³n que el paĆs reclama y que se correspondan claramente con el itinerario establecido en el Estatuto que rige la TransiciĆ³n a la Democracia aprobado por la Asamblea Nacional en Febrero de 2019: Cese de la UsurpaciĆ³n, Gobierno de TransiciĆ³n y Elecciones Libres. Copiamos bajo el presente comunicado el texto completo de la Carta dirigida al ComitĆ© Organizador de la Consulta Popular en fecha 24 de Octubre de 2020.
Como venezolanos no estamos dispuestos a permitir mĆ”s la continuidad de la deformaciĆ³n que genera el sostener el ejercicio del poder a travĆ©s del monopolio de las armas de la RepĆŗblica; situaciĆ³n que debe ser superada bajo el imperio del principio de autodeterminaciĆ³n de los pueblos (ArtĆculo1 constitucional), a travĆ©s del pronunciamiento que da el legĆtimo titular de la soberanĆa: El Soberano Pueblo de Venezuela.
¡QUE EL PUEBLO DECIDA!
“En una palabra, mi querido general, yo no conozco mĆ”s partido de salud, que el de devolver al pueblo su soberanĆa primitiva para que rehaga su pacto social. Vd. dirĆ” que esto no es legĆtimo: y yo, a la verdad, no entiendo quĆ© delito se comete en ocurrir a la fuente de las leyes para que remedie un mal que es del pueblo y que sĆ³lo el pueblo conoce. Digo francamente que si esto no es legĆtimo, serĆ” necesario a lo menos, y, por lo mismo, superior a toda ley: pero mĆ”s que todo es eminentemente popular, y, por lo mismo, muy propio de una repĆŗblica eminentemente democrĆ”tica.”
SimĆ³n BolĆvar
Carta dirigida a Santander, Octubre de 1826
ALIANZA NACIONAL CONSTITUYENTE ORIGINARIA ANCO
Caracas 25 de Octubre de 2020
Carta de ANCO al ComitƩ Organizador de la Consulta Popular
Caracas, 24 de octubre de 2020
Ciudadanos
ComitƩ Organizador de la Consulta Popular
designada por la Asamblea Nacional
Presente.-
Nos dirigimos a Ustedes en la oportunidad de saludarles y desearles en nombre de nuestra organizaciĆ³n, la Alianza Nacional Constituyente Originaria, ANCO, el mayor de los Ć©xitos en su misiĆ³n para la convocatoria al pueblo venezolano para que exprese su decisiĆ³n soberana como depositario de la SoberanĆa Popular, en relaciĆ³n a la grave crisis polĆtica por la que atraviesa nuestro paĆs.
Como es de su conocimiento, una representaciĆ³n calificada de nuestra organizaciĆ³n se reuniĆ³ en fecha 4 de Septiembre de 2020, con el Presidente Encargado de la RepĆŗblica Juan GuaidĆ³ MĆ”rquez, y sus cercanos colaboradores, con el fin de entregar al Gobierno Encargado una propuesta para realizar una Consulta Popular conducida por los ciudadanos, mecanismo de participaciĆ³n popular establecido en el ArtĆculo 70 de nuestra Carta Magna para el ejercicio directo de nuestra SoberanĆa, tal y como estĆ” establecido en el ArtĆculo 5 Constitucional.
Fue un grato honor para ANCO que el Gobierno Encargado del Presidente Juan GuaidĆ³ decidiera incluir nuestra propuesta en el Pacto Unitario por la Libertad y Elecciones Libres firmado el 7 de Septiembre con 37 Organizaciones polĆticas, en los siguientes tĆ©rminos:
7.- Activar el artĆculo 70 de la ConstituciĆ³n para convocar una consulta popular, con apoyo internacional, que permita a todos los venezolanos, dentro y fuera del paĆs, expresar la voz del pueblo y manifestar el respaldo necesario para avanzar hacia nuestra libertad, recuperar la democracia y promover el bienestar para todos los venezolanos.
En el sentido de este Pacto la Asamblea Nacional aprobĆ³ por mayorĆa el Acuerdo para Promover una Consulta Popular para realizar Elecciones Presidenciales y Parlamentarias Libres, Justas y Verificables y rechazar el Fraude, en fecha 1ro de Octubre de 2020. En este Acuerdo, la Asamblea Nacional estableciĆ³ que se consultara al Pueblo venezolano de la siguiente manera:
PRIMERA PREGUNTA:
¿Apoya usted todos los mecanismos de presiĆ³n nacional e internacional para que, en el marco de la ConstituciĆ³n, se realicen elecciones presidenciales y parlamentarias libres, justas y verificables, se ponga fin al rĆ©gimen usurpador de NicolĆ”s Maduro Moros, se salvaguarde al pueblo de Venezuela de la crisis humanitaria, la migraciĆ³n forzosa y los crĆmenes de lesa humanidad, y asĆ se garanticen la paz, el bienestar y el progreso de los venezolanos?
SEGUNDA PREGUNTA:
¿Rechaza usted el evento convocado por la dictadura de NicolĆ”s Maduro Moros para el 6D, o para cualquier otra fecha, mientras no existan condiciones para elecciones libres, justas y verificables, y solicita a la comunidad internacional el desconocimiento de sus resultados?
En ANCO hemos considerado que se le consulte al Pueblo en los tĆ©rminos cuyas preguntas se correspondan al sentir de la poblaciĆ³n de realizar elecciones libres despuĆ©s de cesar la usurpaciĆ³n del rĆ©gimen actual, ya que los venezolanos estarĆamos perdiendo una Ćŗltima oportunidad histĆ³rica de solventar la crisis polĆtica venezolana sin violencia, de una forma pacĆfica, constitucional y electoral, tal y como justamente nos lo estĆ”n solicitando todas las voces de la Comunidad Internacional.
En tal sentido a continuaciĆ³n exponemos a ustedes las razones jurĆdicas y polĆticas que nos asisten para solicitarles, como el ComitĆ© Organizador de la Consulta Popular, que ha sido designado en el marco del Acuerdo de la Asamblea Nacional del 1ro. de Octubre de 2020, para que sean reconsideradas las preguntas a ser formuladas a la poblaciĆ³n. Esta reconsideraciĆ³n incluye la solicitud de modificaciĆ³n del SEGUNDO punto del Acuerdo donde se establecen las preguntas a ser formuladas a los venezolanos:
1.- Nos parece crucial entender que el debido soporte normativo y la inequĆvoca y exacta manifestaciĆ³n de la soberanĆa popular deben coincidir para que el pronunciamiento consultivo sea inobjetablemente vinculante. La ConstituciĆ³n de la Republica Bolivariana de Venezuela es el instrumento jurĆdico, la regla, que ningĆŗn factor, dentro y fuera del paĆs, desconoce en su vigencia. Y esto mĆ”s allĆ” de que sus procederes disten mucho de su cumplimiento. Entonces, contaminar el desarrollo de la consulta con un texto normativo controvertido dentro o fuera del paĆs, enturbia su implementaciĆ³n y compromete su eficacia. Por otra parte, la determinaciĆ³n de quiĆ©n es el soberano, su identificaciĆ³n, ubicaciĆ³n, y la exactitud y verificabilidad del mecanismo que recoge su voluntad, determinan el nĆŗmero y calidad de la expresiĆ³n ciudadana.
2.- Debemos tener presente que la comunidad internacional –tanto gobiernos como organismos multilaterales- estarĆa dispuesta a acompaƱar la iniciativa con base en el principio de AutodeterminaciĆ³n de los Pueblos y como mecanismo pacĆfico de soluciĆ³n, en tanto y en cuanto coincida con sus posiciones oficiales ya emitidas; en tanto y en cuanto se soporte en el marco de los instrumentos jurĆdicos internacionales suscritos por ellos; y, en tanto y en cuanto se adecuen a la orientaciĆ³n polĆtica y diplomĆ”tica que determinen sus gobiernos.
3.- Debemos considerarles una necesidad intrĆnseca a la participaciĆ³n ciudadana y al protagonismo del Pueblo. La gente no va a participar ni asumir protagonismo en una acciĆ³n que no apunte de manera directa a resolver su drama personal y cotidiano. En este sentido, hay dos lĆneas que sobresalen en el discurso soterrado de la ciudadanĆa: “necesitamos apoyo internacional para salir del rĆ©gimen”; “¿QuiĆ©n me resuelve mi problema de comida, medicamento, agua, gasolina, electricidad, inseguridad, inflaciĆ³n, salario y persecuciĆ³n y extorsiĆ³n de los cuerpos de seguridad?”. Antes de celebrarse la consulta, debe construirse una narrativa que reconozca estas Ćntimas convicciones. Por tanto, las preguntas deben ser redactadas pensando en la conexiĆ³n final con mayorĆas desesperanzadas y depauperadas.
4.- Resulta imperioso dejar atrĆ”s la gestiĆ³n de la crisis venezolana mediante eventos pasajeros e inconexos. Es necesario pasar al diseƱo y ejecuciĆ³n de verdaderos procesos, cuya idoneidad y congruencia con la entidad del mal que padecemos no tenga lugar a dudas; que se sostengan de manera simultĆ”nea y secuenciada, hasta erradicar la raĆz de los males que ahora mismo padecemos.
En consecuencia, la Consulta Popular debe ser entendida en el marco de la ejecuciĆ³n de procesos que propendan a superar la multidimensional crisis que azota al pueblo venezolano y amenaza la existencia de nuestro Estado-NaciĆ³n.
Las anteriores consideraciones nos sirven como fundamento fĆ”ctico para que, en ejercicio de nuestro protagonismo como venezolanos no investidos de autoridad, en concordancia con el ArtĆculo 333 Constitucional y cumpliendo con el deber de fortalecer las iniciativas de participaciĆ³n ciudadana, les presentemos a Ustedes la redacciĆ³n tentativa de las preguntas que le entregamos al Presidente Juan GuaidĆ³ y que insistimos deben incorporarse en la cita consultiva que ustedes adelantarĆ”n junto a la sociedad democrĆ”tica de Venezuela y el mundo. Estas preguntas van en el exacto sentido de la secuencia que estableciĆ³ el mismo Presidente Encargado Juan GuaidĆ³, el 23 de Enero de 2019, como ruta inalienable para todos los venezolanos: Cese de la UsurpaciĆ³n, Gobierno de TransiciĆ³n y Elecciones Libres:
1.- ¿Ordena usted el cese inmediato del ejercicio del poder usurpado en la Presidencia de la Republica por parte de NicolĆ”s Maduro, y de las instituciones ilegitimas en su origen y desempeƱo? (*) SI__NO__
2.- ¿Ordena usted establecer un gobierno transitorio de Unidad y Emergencia Nacional, una vez logrado el cese de la usurpaciĆ³n, que convoque a Elecciones libres, y transparentes? (**) SI__ NO__
3.- ¿Ordena usted, de no cesar la usurpaciĆ³n, se solicite a la OrganizaciĆ³n de los Estados Americanos (OEA) y/o OrganizaciĆ³n de las Naciones Unidas (ONU) que, en cumplimiento de sus principios constitutivos y los instrumentos por esas organizaciones aprobados, den a Venezuela el auxilio correspondiente para la recuperaciĆ³n de la Democracia? *** SI__ NO__
(*) Se declara de manera expresa la voluntad de la ciudadanĆa con base en el principio de autodeterminaciĆ³n y soberanĆa popular y los artĆculos 1, 5, 19, 22, 23, 70 y 333 de la ConstituciĆ³n, que asume como ilegĆtima la Asamblea Nacional Constituyente instalada el 03 de agosto de 2017 y por tanto, sin eficacia todos sus actos, como fue el proceso electoral presidencial celebrado el pasado 20 de mayo de 2018 y asĆ se inicie el proceso de reparaciĆ³n de la soberanĆa popular.
(**) Se declara de manera expresa que acorde con los artĆculos 326 y 333 de la vigente ConstituciĆ³n, se conforme un Gobierno de TransiciĆ³n que integre a las diferentes expresiones de la sociedad civil organizada, segĆŗn lo expresado en el artĆculo 326 constitucional y se dĆ© inicio al cambio del modelo polĆtico administrativo y constitucional, acorde con los artĆculos 5, 70, 347 y 348 constitucionales.
Con el fin de recuperar la confianza de los ciudadanos en el sufragio como herramienta legĆtima de participaciĆ³n democrĆ”tica, se declara expresamente que los procesos electorales se realicen posteriormente a la recuperaciĆ³n de la institucionalidad democrĆ”tica y el estado derecho en Venezuela, respetando las condiciones que establece el Tribunal Supremo de Justicia LegĆtimo del 13 de Junio del 2018 y cumpliendo las necesarias reformas al sistema electoral que comprenden: La designaciĆ³n de un nuevo Poder Electoral conforme a previsiones que el gobierno de Emergencia y sectores representativos de la sociedad civil acuerden, la total revisiĆ³n y adecuaciĆ³n de su estructura interna; la depuraciĆ³n y actualizaciĆ³n del Registro Nacional Electoral; la inscripciĆ³n en Registro Electoral y facilidades para votar la mayorĆa de venezolanos en el exterior; la implementaciĆ³n de un sistema de votaciĆ³n y escrutinio fundamentalmente manual.
(***) Se declara de manera expresa como consecuencia del mandato vinculante expresado en esta consulta (art. 1, 5, 70, 333 CRBV), que: Yo autorizo a la Comunidad Internacional asuma la obligaciĆ³n de tomar medidas y acciones, con el objetivo de liberar y socorrer al pueblo de Venezuela, detener las violaciones continuas a los Derechos Humanos y PolĆticos, en parte reseƱadas por el informe de la MisiĆ³n sobre “DeterminaciĆ³n de los Hechos en Venezuela” (OrganizaciĆ³n de las Naciones Unidas. Sep. 2020); ello conforme a la Carta Fundacional, doctrina, normas y resoluciones de la OrganizaciĆ³n de las Naciones Unidas (Responsabilidad de Proteger R2P,- Pacto de UniĆ³n Pro Paz ONU 1950. R-377); y de la OrganizaciĆ³n de los Estados Americanos OEA, (TIAR). AprobaciĆ³n por la Asamblea Nacional del artĆculo 187-11.
Esperando toda la atenciĆ³n de parte de ustedes a la solicitud y consideraciones que aquĆ expresamos, les reiteramos nuestros deseos por su mejor y mĆ”s reconocido desempeƱo.
Reciban un cordial saludo, con nuestros mayores sentimientos de consideraciĆ³n y estima,Muy Atentamente,
Por el Directorio de la Alianza Nacional Constituyente Originaria, ANCO
Luis Manuel Aguana
Director
1 Comentarios
Excelente. Valga citar un importante refrĆ”n que dice: "El Ćŗnico momento en que no debemos fallar, es aquel en el que lo intentamos por Ćŗltima vez."
ResponderEliminar