LA ALIANZA NACIONAL
CONSTITUYENTE ORIGINARIA -ANCO- RATIFICA SU FIRME RESPALDO AL PRESIDENTE
(E) DE LA REPUBLICA JUAN GUAIDO Y MANIFIESTA SU POSICION REFERENTE A LA PROPUESTA
DE CONVOCATORIA A UN REFERENDO CONSULTIVO
La Alianza Nacional Constituyente
Originaria ANCO, manifiesta ante el país que ha sido
conducta permanente en su actuar, priorizar a la Soberanía Popular como
protagonista principal y fundamental en la búsqueda de una solución a la grave
crisis que padece el país nacional. Y en ese sentido iniciamos el proceso que
condujo a la convocatoria de la Consulta Popular convocada por la Asamblea
Nacional, organizada y realizada por la Sociedad Civil el 16 de Julio del 2017.
Mandato vigente no acatado a satisfacción del soberano por sus convocantes.
Consideramos que acudir a
una Consulta Nacional, en momentos en extremo difíciles para Venezuela y su
vigencia como país, es la herramienta más adecuada y pertinente de
participación popular una vez que en el pueblo reside la Soberanía Popular, máxima
instancia inapelable de poder y de gobierno y titular del Poder Originario, todo
acorde con los artículos 5, 70, 333, 347 y 350 constitucionales,
correspondiendo en consecuencia a los ciudadanos decidir sobre el grave
resquebrajamiento institucional y constitucional del presente y definir la ruta
urgente de reinstitucionalización de la república y de su futuro inmediato.
Razón por la que
manifestamos que:
1.- A
partir del 10 de enero Nicolás Maduro Moros no es Presidente de la República,
ocupando indebidamente la sede del gobierno nacional, continuando con la
usurpación iniciada en el 2013, con desacato manifiesto a la Constitución, la
voluntad del pueblo soberano y de la Comunidad Internacional que no le reconoce
como Jefe de Estado, por lo que mal podría ser convocante a una Consulta
Popular apoyándose en su ilegitima condición de Presidente como se pretende que
haga.
2.- La convocatoria a
una Consulta Popular es potestad exclusiva de los ciudadanos de acuerdo al
Artículo 70 Constitucional y no por parte del órgano electoral o CNE,
cuyas funciones están definidas en el Artículo 293 Constitucional.
3.- El derecho a la
participación y protagonismo del pueblo, éticamente no puede ser enarbolado y
secuestrado por quienes aun reconocen a Nicolás Maduro como Jefe de Estado,
Jefe de Gobierno y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, y que han sido a partir de
1999, protagonistas fundamentales, del proceso de destrucción nacional,
ejecutores o cómplices de persecución, opresión, crímenes de lesa humanidad,
corrupción, depredación del erario público, violadores de la Constitución y
destructores del estado de derecho; que hoy pretenden impunemente erguirse en
auténticos demócratas defensores de la constitución y leyes; contando con la
colaboración de personajes y organizaciones políticas de supuesta oposición, en
quienes el régimen se apoya para justificar un presunto carácter democrático en
el ejercicio continuado de fraudes electorales y usurpación del poder;
4.- Legitimo es que el
Presidente Encargado de la República acuda a la Soberanía Popular no para que
el pueblo decida en consulta, entre dos gobiernos cuando solo hay uno
reconocido y aclamado por la Soberanía Popular y la Comunidad
Internacional, en manifiestas y contundentes manifestaciones de apoyo al
presidido por el Ing. Juan Guaidó y rechazo absoluto a Nicolás Maduro
quien persiste serlo, y a los poderes públicos ilegítimamente establecidos, en
criminal búsqueda de la confrontación dolorosa. Y menos aun entre dos Asambleas
cuando la Constituyente convocada por el régimen es abiertamente ilegítima por
cuanto no nació de la Soberanía Popular; sino para decidir en ella sobre
materias trascendentales para el regreso de la institucionalidad del país como
lo proponemos a continuación. De allí que rechazamos categóricamente diálogos o
negociaciones con quienes ya no son gobierno y si invasores y usurpadores del
poder. El dialogo es del pueblo y su Presidente Guaidó en la búsqueda de la
paz, la unidad y la reconciliación en justicia y rechazamos la impunidad y el
oportunismo polítiquero;
5.- Pertinente es que
el Presidente Encargado de la República Juan Guaidó, investido de autoridad en
los términos establecidos en el artículo 333 constitucional, llame al pueblo no
investido de autoridad a colaborar a la realización de una Gran
Consulta a los venezolanos dentro y fuera del país, para que decidan la
vigencia o no de la Asamblea Constituyente ilegitima y los actos de ella
derivados, la prolongación de su mandato presidencial con ejercicio pleno de
sus atribuciones acorde con el artículos 232 y 236 constitucional y equipo
de gobierno necesario, sin que medie ningún interés subalterno o parcializado
que no sea el supremo de la nación, y dar inicio junto al liderazgo ciudadano a
una transición que restablezca la reinstitucionalización quebrantada, la
libertad confiscada y la democracia usurpada por la tiranía. Esta transición ha
de disponer del tiempo pertinente y adecuado para que con su desempeño sea
posible garantizar y culminar con un proceso electoral confiable, transparente
que ofrezca todas las garantías universalmente aceptadas, proceso signado por
el fortalecimiento de la necesaria unidad y reconciliación nacional en
justicia y no motivo para la nefasta diatriba política, la confrontación y
desunión;
6.- En la Consulta
Popular que ANCO propone al Ciudadano Presidente Encargado Juan Guaidó, reiteramos
que ante la gravedad de la situación que padece la nación, el
resquebrajamiento político, institucional y legal, la inexistencia del Estado
de Derecho y el reiterado accionar violatorio de la Constitución y Leyes, los
Derechos Humanos y Políticos de los venezolanos, por parte de la
institucionalidad secuestrada por la tiranía, es preciso oponer la fuerza
democrática, contundente y constitucional de los ciudadanos, amparados en el
Artículo 333 Constitucional, que se ha pretendido errónea pero interesadamente
reservarse para sí mismo el TSJ ilegitimo y la misma Asamblea Nacional;
desconociendo el carácter general y fundamental de su mandato, referido a la
lucha por la vigencia constitucional por parte de todos los ciudadanos
investidos o no de autoridad; y siendo además que ahora vemos como factores
ligados al régimen pretenden secuestrar y manipular a su conveniencia el artículo
70 constitucional, con el despropósito, de evitar lo que es propio de la Soberanía
Popular en esta inédita crisis de poder y constitucional: que toda
decisión política orientada a solventarla debe concitar el masivo apoyo de los
ciudadanos, manifestada en un 85% y en las gloriosas jornadas del 23 de enero y
2 de febrero y su expresada voluntad de cambio urgente y radical necesario, que
reclama de la convocatoria de un legitimo proceso constituyente que cambie el
modelo político y administrativo actual centralizado en el marco de
un Proyecto País;
7.- Corresponde a la
ciudadanía ser la aliada y el respaldo fundamental del Presidente Encargado de
la República Juan Guaidó. A su protagonismo soberano ha de acudirse y
consultarse para la viabilidad, validación y respaldo político de su actuación
y para definir la ruta de la reinstitucionalización, en ejercicio de los
artículos 5, 70, 333, 347 y 350 constitucional, en razón de lo cual proponemos:
La
activación del artículo 333 invocado por el Presidente Encargado de la
República Juan Guaidó en su acto de Juramentación junto a la Soberanía Popular,
para rescatar la República del despotismo opresor y de quienes con el
colaboran, la celebración de una Gran Consulta a los venezolanos en el mundo. La
Alianza Nacional Constituyente, ANCO, impulsará todos los medios de
participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía en lo
político, tal y como está establecido en el Artículo 70 Constitucional, para
ratificar y complementar el mandato vinculante derivado de la Consulta Popular
realizada el 16 de julio de 2017.
ALIANZA NACIONAL CONSTITUYENTE
ORIGINARIA, ANCO
Caracas,
4 de Febrero de 2019
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